La respuesta del Reclamo del Libro de reclamaciones debe incluir en detalle las medidas que tomará el Proveedor para la solución del problema o incidencia, el Proveedor está obligado a responder por medio de una carta explicativa o correo electrónico dentro de 30 días calendario al consumidor.
El artículo 150º de la Ley Nº 29571, Código de Protección y Defensa del Consumidor, dispone que los establecimientos comerciales deben contar con un Libro de Reclamaciones, en forma física o virtual y que el Reglamento establece las condiciones, los supuestos y las demás especificaciones para el cumplimiento de la obligación señalada en el mencionado artículo.